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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1974-1165
Ley General de la Seguridad Social
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1974/07/20
Rango:
Decreto
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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La Seguridad Social contribuirá al fomento y desarrollo de los estudios de carácter social, a través de los Servicios o Instituciones previstos en el artículo 4 de esta Ley, así como en conexión con la Organización Sindical y, en general, con Centros de docencia e investigación especializados. De un modo especial se tenderá a concertar con la Universidad, previa aprobación por el Ministerio de Trabajo, la profesión de cursos superiores de Seguridad Social y, en su caso, trabajos de investigación sobre la materia.
Artículos 36 y 37.
(Derogados)
Artículos 38 a 44.
(Derogados)