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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1983-10613
Reglamento de organización y funcionamiento del Defensor del Pueblo
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1983/04/18
Rango:
Reglamento
Departamento:
Cortes Generales
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Tanto el Defensor del Pueblo como los Adjuntos Primero y Segundo tendrán el tratamiento que corresponda a su categoría constitucional. El Reglamento de las Cortes Generales determinará lo que proceda en cuanto a su participación y orden de precedencia en los actos oficiales de las Cámaras o de las Cortes Generales.
2. En lo demás se estará a lo que establezca la legislación general en la materia.