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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1984-5399
Ley reguladora de la Administración institucional de la Comunidad de Madrid
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1984/03/02
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad de Madrid
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Las Leyes de creación de los organismos autónomos deberán contener las siguientes determinaciones:
a) Carácter del organismo con arreglo a las categorías recogidas en el artículo 4.2 de la presente Ley.
b) Funciones que hayan de tener a su cargo en el ámbito de su competencia, debiendo ser aprobada por Ley de la Asamblea cualquier modificación de las mismas.
c) Consejería o Consejerías a que se adscriben.
d) Régimen de acuerdos y composición de sus órganos.
e) Bienes y medios económicos que se les asignen para el cumplimiento de sus fines y los que hayan de disponer para la realización de los mismos.