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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1995-608
Reglamento de Seguridad Privada
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1995/01/10
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Justicia e Interior
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Todas las oficinas de farmacia deberán contar con un dispositivo de tipo túnel, bandeja de vaivén o bandeja giratoria con seguro, que permita adecuadamente las dispensaciones a los clientes sin necesidad de que éstos penetren en el interior.
2. La utilización de esta medida será obligatoria únicamente cuando las farmacias presten servicio nocturno o de urgencia.