Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
1. El Principado de Asturias contribuirá a la difusión en los medios de comunicación del bable/asturiano mediante:
a) La elaboración y dotación presupuestaria de planes de apoyo económico y material para que los medios de comunicación empleen el bable/asturiano de forma habitual.
b) La protección de las manifestaciones culturales y artísticas, la edición de libros, la producción fonográfica, audiovisual y cinematográfica y cualesquiera otras actividades que se realicen en bable/asturiano.
2. En las emisiones de radio y televisión y en los demás medios de comunicación con presencia actual o futura de la Administración autonómica, ésta velará por una presencia adecuada del bable/asturiano.
1. La convocatoria de subvenciones o ayudas a los medios de comunicación, producciones audiovisuales, cinematográficas, fonográficas o editoriales podrá ser específica para producciones o publicaciones en bable/asturiano; en las demás publicaciones y producciones se fomentará su presencia de forma no acotada a secciones o espacios determinados.
2. Las empresas y empresarios, privados o públicos, que utilicen el bable/asturiano en su publicidad, etiquetado, correspondencia o documentación podrán ser igualmente beneficiarios de subvenciones y ayudas específicamente convocadas a este fin.