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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1998-29347
Reglamento de Archivos Militares
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1998/12/19
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Las bajas definitivas de documentos se anotarán en un libro específico de Registro General de Bajas de Documentos. Este Registro se estructurará de acuerdo con los criterios que fije la Subdirección General de Archivos Estatales del Ministerio de Educación y Cultura para el Registro General de Salida Definitiva de Fondos y/o Documentos. En él se consignarán, al menos, los siguientes extremos:
a) Número de orden de baja.
b) Fecha de baja.
c) Identificación genérica de la documentación y fechas extremas.
d) Número de unidades de conservación que causan baja en el archivo.
e) Localización topográfica.
f) Carácter de la baja.
g) Causa de la baja.
h) Autoridad que aprueba la baja (cuando proceda).
i) Observaciones.