1. En el plazo máximo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud, el Delegado del Gobierno notificará la resolución motivada, que tendrá en todo caso carácter revocable e incluirá, como mínimo, todos los extremos aludidos en el apartado 4 del artículo 3 de la Ley Orgánica 4/1997.