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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1999-20006
Estatuto de la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES)
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1999/10/08
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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El Presidente del Consejo de Administración lo será también de la Entidad y a él le corresponde:
1.ª La representación permanente de la Entidad y de su Consejo de Administración ante toda clase de personas y entidades.
2.ª Ejercer la alta inspección de todos los servicios de la Entidad y la vigilancia del desarrollo de su actividad.
3.ª Velar por el cumplimiento de este Estatuto y de los acuerdos tomados por el Consejo de Administración y sus Comisiones.
4.ª Dirigir las tareas del Consejo de Administración, ordenar la convocatoria de las reuniones de éste y de sus Comisiones ejecutivas o consultivas, fijar el orden del día de las reuniones de aquél y éstas, presidirlos, dirigir las deliberaciones, dirimir los empates con su voto de calidad y levantar las sesiones.
5.ª Elevar y proponer al Consejo de Administración cuantos asuntos hayan de ser objeto de su consideración y, concretamente, los presupuestos, el programa de actuación, inversiones y financiación, y la aplicación de resultados, así como las cuentas anuales.
6.ª Proponer al Consejo de Administración el nombramiento y separación del Director general de la Entidad, del Secretario del Consejo y demás personal directivo, así como sus retribuciones, que deberán adecuarse a la normativa laboral y presupuestaria vigente.
7.ª Las demás facultades y funciones que se le atribuyan en el presente Estatuto y todas aquellas que le delegue el Consejo de Administración o que le correspondan de conformidad con la normativa vigente.