Se crea, como máximo órgano de gobierno universitario, el Consejo de Gobierno que, presidido por el Rector, establecerá las líneas estratégicas y programáticas en los ámbitos de organización de las enseñanzas, investigación, recursos humanos y económicos. En este diseño, el Rector, que ejercerá la dirección, gobierno y gestión de la Universidad, será elegido directamente por la comunidad universitaria mediante sufragio universal, libre y secreto. Otras novedades del marco normativo son la creación del Consejo de Dirección, que asistirá al Rector en su actividad al frente de la Universidad, y de la Junta Consultiva, formada por miembros del mayor prestigio dentro de la comunidad universitaria.