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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2002-2286
Ley del suelo y ordenación territorial de Extremadura
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2002/02/05
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. La ordenación urbanística se establece, en el marco de esta Ley y de las normas reglamentarias generales a que la misma remite y de las dictadas en su desarrollo, así como de las determinaciones de los instrumentos de ordenación del territorio, por los siguientes instrumentos de planeamiento:
a) Los Planes Generales Municipales.
b) Los Planes de Desarrollo:
1. Planes Parciales de Ordenación.
2. Planes Especiales de Ordenación.
3. Estudios de Detalle.
2. Contribuyen a la ordenación urbanística y, en su caso, la complementan, en los términos dispuestos en la sección 4.ª de este capítulo, los siguientes instrumentos:
a) Los Criterios de Ordenación Urbanística.
b) Las Ordenanzas Municipales de Policía de la Edificación y de la Urbanización.