2. En el registro, que asignará un número a cada explotación, figurarán los datos de identificación del titular de la explotación y de sus responsables, el domicilio, localidad y comarca de ella, la localización de sus unidades productivas, su calificación como centro de concentración, la clasificación de la explotación y el número de plazas por categoría de animales, y en su caso la capacidad productiva y el censo actualizado de los animales de la explotación.