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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2003-6806
Ley de ganadería de la Comunidad Valenciana
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2003/04/04
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Valenciana
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Las condiciones generales de bienestar animal referidas en el artículo anterior serán también aplicables en el transporte de los animales, en el que en particular serán de aplicación las condiciones básicas siguientes:
a) Habilitar espacio suficiente para que los animales puedan permanecer de pie o acostados durante el transporte.
b) Protegerlos de la intemperie y de las inclemencias del tiempo.
c) Disponer de suelos sólidos y antideslizantes, tanto en las rampas de acceso como en el interior del medio de transporte.
d) Realizar el transporte en medios previamente limpios y desinfectados.
2. Las condiciones de bienestar animal exigidas en su transporte serán tenidas en cuenta en el régimen de autorización de los vehículos y en su concreta aplicación.