El acuerdo de retención se notificará al ordenador de pagos competente, a fin de que aplique la deducción a las transferencias que deban efectuarse a la Administración o entidad de derecho público deudora, con sujeción a los límites legales que pudieran establecerse, y proceda al ingreso de los fondos correspondientes a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.