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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2007-11589
Consejo Escolar del Estado
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2007/06/13
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. El Presidente será nombrado por real decreto a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, oído el Consejo Escolar del Estado, entre personas de reconocido prestigio en el ámbito educativo.
2. El Presidente ejerce la dirección y representación del Consejo Escolar del Estado. Fija el orden del día, convoca y preside las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente y vela por la ejecución de sus acuerdos.
3. El voto del Presidente podrá dirimir las votaciones en caso de empate, de acuerdo con lo que establezca el reglamento del Consejo Escolar del Estado.