En la disposición final quinta, como consecuencia de la inclusión en esta ley orgánica de las reglas esenciales de comportamiento del militar, se procede a dar una nueva redacción al artículo 4.1 de la Ley de la carrera militar. También se modifica su disposición adicional sexta para posibilitar que los médicos militares se formen, mediante los oportunos convenios de colaboración con universidades, en la estructura de enseñanza de las Fuerzas Armadas. Por medio de la disposición final sexta se modifica el artículo 15 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, para favorecer la progresión profesional a las distintas escalas y, en concreto, la promoción interna de ese personal a las escalas de suboficiales y con la disposición final séptima se añade una nueva disposición adicional en la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.