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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2011-13118
Ordenación general de la formación profesional del sistema educativo
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2011/07/30
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Educación
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Los Programas de Cualificación Profesional Inicial incluyen módulos profesionales que tienen como objetivo que todo el alumnado alcance competencias profesionales propias de cualificaciones profesionales de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales que permitan obtener, al menos, un certificado de profesionalidad de nivel 1, así como favorecer la inserción laboral. Entre estos módulos se contemplará un módulo de formación en centros de trabajo.
1. El módulo de formación en centros de trabajo no tendrá carácter laboral y cumplirá las finalidades siguientes:
a) Completar la adquisición de competencias profesionales alcanzadas en el centro educativo relacionadas con el perfil profesional.
b) Completar conocimientos relativos al sistema de relaciones sociolaborales de las empresas.
2. Las Administraciones educativas determinarán el momento en el que debe cursarse el módulo profesional de formación en centros de trabajo, en función de las características del programa y de la disponibilidad de puestos formativos en las empresas.
3. La atribución docente de este módulo profesional correrá a cargo del profesorado que imparta docencia en los módulos profesionales asociados a unidades de competencia que integran el programa.
1. El alumnado que supere los módulos profesionales específicos incluidos en un Programa de Cualificación Profesional Inicial tendrá derecho a obtener los certificados de profesionalidad de nivel 1 de las cualificaciones profesionales correspondientes.
2. Las Administraciones educativas, previa solicitud de los interesados, y a través del procedimiento que establezcan solicitarán a la Administración laboral correspondiente los certificados de profesionalidad del alumnado que haya superado los módulos profesionales de los Programas de Cualificación Profesional Inicial para su entrega a los interesados.
3. Quienes no superen todos los módulos profesionales específicos incluidos en un Programa de Cualificación Profesional Inicial podrán solicitar un certificado académico en el que consten los módulos profesionales superados, así como las unidades de competencia acreditadas del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.