2. La directora o director general es elegido por el Parlamento de Galicia por mayoría de dos tercios. En el caso de no conseguirse la mayoría de dos tercios en una primera votación, el Parlamento de Galicia podrá volver a someter a votación al mismo candidato transcurrido un mes desde la primera votación, y en este caso será suficiente para su elección la mayoría de los tres quintos del Pleno de la Cámara.