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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2015-4103
Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2015/04/16
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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La consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural velará porque en la RANP exista una adecuada representación de las áreas naturales donde concurran alguno de los siguientes objetivos:
a) Resulten representativas de los ecosistemas y paisajes naturales o de las formaciones geológicas y geomorfológicas, teniendo en cuenta su singularidad, diversidad y su estado de conservación.
b) Presenten hábitats naturales o especies de la flora y fauna de interés.
c) Resulten fundamentales para la conservación en la Comunidad de las especies de fauna y flora amenazadas.
d) Jueguen un papel destacado en la conservación de los ecosistemas, asegurando la continuidad de los procesos evolutivos, las migraciones de especies y el mantenimiento de las diferentes funciones de regulación del medio ambiente.
e) Posibiliten la investigación científica, la educación ambiental o el estudio y control de los parámetros ambientales.
f) Conformen un paisaje rural de singular belleza, valor cultural o importancia para la conservación de la biodiversidad.
g) Coadyuven, con las características ecológicas adecuadas:
• Al progreso de las poblaciones y comunidades locales del espacio y su entorno, sirviendo como elemento dinamizador del desarrollo ordenado de la zona.
• Al aprovechamiento de los recursos naturales sin poner en peligro su papel de regulador ambiental.
h) Mantengan una adecuada representación, en estado favorable de conservación, de los hábitats naturales y de las especies de interés comunitario y de aquellas que deban ser objeto de medidas de conservación especiales, coadyuvando a la conectividad ecológica.