1. Se crea el Fondo Patrimonio Natural de Castilla y León con la finalidad de contribuir a incrementar y mejorar el patrimonio natural de la Comunidad de Castilla y León, tanto mediante la obtención de bienes y derechos de interés ambiental como mediante actuaciones de conservación y mejora del mismo, así como el fomento de la cooperación en los términos descritos en el artículo 14.