La aprobación del Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, supuso un hito esencial en cuanto a que exceptuó a la pirotecnia y la cartuchería del ámbito de aplicación del Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, separando en dos reglamentos diferentes ambas materias, por un lado, los explosivos de uso civil, quedando regulados por Real Decreto 230/1998, y por otro, los artículos pirotécnicos y la cartuchería, regulados actualmente por el Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, cuya justificación se basa en el hecho de que los requerimientos técnicos en el ámbito de la seguridad no tienen el mismo grado de complejidad y exigencia.