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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1882-6036
Ley de Enjuiciamiento Criminal
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1882/09/17
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Gracia y Justicia
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Dentro del término señalado para formación de la nota por el artículo 880, el Fiscal y las partes se instruirán y podrán impugnar la admisión del recurso o la adhesión al mismo.
Si la impugnaren, acompañarán con el escrito de impugnación tantas copias del mismo cuantas sean las demás partes a quienes el Secretario hará inmediatamente entrega para que, dentro de término de tres días, expongan lo que se estime pertinente.