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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1958-18486
Reglamento de la Ley del Registro Civil
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1958/12/11
Rango:
Decreto
Departamento:
Ministerio de Justicia
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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La certificación en extracto de nacimiento ordinaria no da fe de la filiación: expresará la fecha y lugar de nacimiento, sin precisar hora y sitio, y entre las menciones de identidad referirá los nombres propios de los padres, reales o figurados, que aparezcan en la inscripción. Tratándose de adoptados, mencionará únicamente el nombre del padre y madre cuyos apellidos ostentan en primer lugar.
Esta certificación declarará que sólo da fe del hecho, fecha y lugar del nacimiento y del sexo del inscrito.