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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1964-7544
Ley sobre energía nuclear
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1964/05/04
Rango:
Ley
Departamento:
Jefatura del Estado
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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El extravío, abandono o sustracción de materiales o residuos radiactivos o de objetos contaminados deberá ponerse inmediatamente en conocimiento de las Autoridades competentes.
Los materiales radiactivos almacenados o depositados deberán ser manejados con las precauciones que señale el oportuno Reglamento. Los accidentes y demás anormalidades que afecten a los materiales almacenados o depositados, con riesgo de daño producido por radiaciones ionizantes, deberán ser puestos inmediatamente en conocimiento de las Autoridades competentes.