KnowledgeCake
disposiciones consolidadas:
BOE-A-1969-774
Reglamento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1969/06/25
Rango:
Decreto
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Url doc
Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
Corresponderá a la Junta:
a) Aprobar las normas generales de su funcionamiento.
b) Informar el proyecto de presupuesto anual de la Junta Provincial y proponer su aprobación a la Junta Central de Fomento Pecuario.
c) Informar y elevar a la aprobación de la Junta Central de Fomento Pecuario las cuentas generales de la Junta.
d) Conocer y aprobar, en su caso, las Memorias anuales de la Junta, así como los planes de trabajo que se señalen para el futuro año ganadero.
e) Proponer a la Junta Central de Fomento Pecuario o a la Dirección General de Ganadería, según proceda, la resolución de las cuestiones y casos no previstos en este Reglamento y en otras disposiciones en vigor.