En el plan económico-financiero figurará de forma concreta el período de financiación máximo previsto. Durante él la Sociedad podrá emitir obligaciones, bonos u otros títulos semejantes que representen una deuda de la Sociedad concesionaria con terceras personas para hacer frente a la inversión real y, en su caso, a los gastos financieros previstos. Este período no podrá exceder del 50 por 100 del período de concesión.