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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1974-1165
Ley General de la Seguridad Social
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1974/07/20
Rango:
Decreto
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. La relación entre las Entidades Gestoras y, en su caso, Servicios de la Seguridad Social y el personal a su servicio se regulará por lo previsto en los Estatutos de Personal aprobados por el Ministerio de Trabajo o, por el Estatuto general aprobado por el propio Ministerio.
2. Sin perjuicio del carácter estatutario de dicha relación, la Jurisdicción de Trabajo será la competente para conocer de las cuestiones contenciosas que se susciten entre las Entidades Gestoras y su personal, con excepción del comprendido en el número siguiente.
3. (Derogado)
Artículos 46 y 47.
(Derogados)