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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1981-12774
Ley Orgánica de los estados de alarma, excepción y sitio
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1981/06/05
Rango:
Ley Orgánica
Departamento:
Jefatura del Estado
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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A los efectos del estado de alarma la Autoridad competente será el Gobierno o, por delegación de éste, el Presidente de la Comunidad Autónoma cuando la declaración afecte exclusivamente a todo o parte del territorio de una Comunidad.