2. Cuando los servicios de Economato se adjudiquen a Empresas concesionarias, a la Junta de Régimen y Administración le corresponderá informar a la superioridad las solicitudes de concesión, conforme a las bases del concurso que en cada caso convoque el Centro Directivo, así como ejercitar el debido control sobre el desenvolvimiento del servicio una vez adjudicado, y proponer, en su caso, la rescisión de la contrata cuando lo estime procedente.