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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1982-20824
Ley Orgánica de reintegración y amejoramiento del Régimen Foral de Navarra
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1982/08/16
Rango:
Ley Orgánica
Departamento:
Jefatura del Estado
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Uno. El Parlamento, por medio de su Presidente, podrá recabar de la Diputación la información que considere necesaria para el ejercicio de sus funciones, así como la presencia de los miembros de aquélla.
Dos. Los parlamentarios forales podrán formular ruegos, preguntas e interpelaciones a la Diputación así como presentar mociones, todo ello en los términos que señale el Reglamento de la Cámara