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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1983-15103
Reglamentación Técnico - Sanitaria té y derivados
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1983/05/27
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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En la elaboración y consumo de té y sus derivados se permite:
10.1. La mezcla entre sí de diversas especies de té.
10.2. La presencia de los peciolos de sus hojas, en mayor o menor cantidad, según el origen del té.
10.3. La mezcla entre sí de tés verdes con tés negros y tés oolong o semifermentados.
10.4. La adición de sustancias aromáticas autorizadas, plantas aromáticas o especias.