Salvo en lo expresado en las disposiciones transitorias, queda derogada la norma sobre la sal comestible y salmueras, aprobada por Decreto 704/1976, de 5 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 12 de abril), y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto a partir de su entrada en vigor.