Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
La letra de cambio deberá contener:
Primero.–La denominación de letra de cambio inserta en el texto mismo del título expresada en el idioma empleado para su redacción.
Segundo.–El mandato puro y simple de pagar una suma determinada en pesetas o moneda extranjera convertible admitida a cotización oficial.
Tercero.–El nombre de la persona que ha de pagar, denominada librado.
Cuarto.–La indicación del vencimiento.
Quinto.–El lugar en que se ha de efectuar el pago.
Sexto.–El nombre de la persona a quien se ha de hacer el pago o a cuya orden se ha de efectuar.
Séptimo.–La fecha y el lugar en que la letra se libra.
Octavo.–La firma del que emite la letra, denominado librador.