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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1992-22638
Reglamento de la actividad de distribución de gases licuados del petróleo
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1992/10/09
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Al cesar el titular del contrato por cualquier causa en la utilización y consumo de gas, se obliga a comunicarlo a la empresa suministradora, cursando su baja y procediéndose a la resolución del contrato. El traslado de domicilio de la persona que suscribió el contrato de suministro y la ocupación del mismo por persona diferente exigirá la formalización de un nuevo contrato de suministro.