KnowledgeCake
disposiciones consolidadas:
BOE-A-1992-22638
Reglamento de la actividad de distribución de gases licuados del petróleo
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1992/10/09
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Url doc
Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
Las empresas suministradoras de G.L.P. podrán declarar resuelto el contrato de suministro, siempre que así conste expresamente en el mismo y cualquiera que sea la modalidad de éste, por las siguientes causas:
a) Por falta de pago del gas suministrado.
b) Cuando el usuario haga uso del fluido para usos distintos a los establecidos.
c) Cuando el usuario utilice los equipos o materiales propiedad de la empresa suministradora, para suministros realizados por otra empresa distinta.
d) Por reventa o cesión onerosa a terceros del gas contratado.
e) Por reiterado incumplimiento por el usuario de cuantas otras obligaciones contractuales le incumben.