Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
1. Los envases para el comercio interior de armas de fuego no deberán contener más de 25 armas ni llevar armas cortas o largas de cañón estriado junto con escopetas de caza y asimiladas.
2. Los envases de armas de fuego para el comercio exterior pueden contener cualquier número de armas, siempre que ofrezcan suficientes garantías de seguridad.