La Comunidad Autónoma de La Rioja, de acuerdo con los artículos 8.12, 8.13 y 10.5 de su Estatuto de Autonomía, tiene competencia exclusiva en materia de fomento de la cultura y de la investigación y en materia de archivos de interés para La Rioja, que no sean de titularidad estatal, y la función ejecutiva, en el marco de los convenios que, en su caso, puedan celebrarse con el Estado, en materia de archivos de titularidad estatal; asimismo, asumió desde su constitución todas las competencias y recursos que, según las leyes, correspondían a la Diputación Provincial de La Rioja.