g) Autorizar el gravamen o enajenación de los bienes inmuebles de las federaciones deportivas asturianas, cuando dichos bienes hayan sido financiados en todo o en parte, en su adquisición o construcción, con fondos públicos de la Comunidad Autónoma. Autorizar los gastos de carácter plurianual de las federaciones deportivas asturianas, en los casos que reglamentariamente se establezcan, y determinar el destino del patrimonio de las federaciones deportivas asturianas, en los casos de disolución.