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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1995-12915
Ley de declaración de Parque Nacional de los Picos de Europa
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1995/05/31
Rango:
Ley
Departamento:
Jefatura del Estado
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Sin perjuicio de lo establecido en la Ley 4/1989, quedan prohibidos en el interior del Parque todos los usos y actividades que alteren o pongan en peligro el equilibrio de los ecosistemas o la integridad de sus componentes físicos y biológicos.
Quedan exceptuados de esta prohibición genérica aquellos usos y actividades tradicionales que han contribuido históricamente a conformar el paisaje actual, recogidos expresamente en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y regulados a través del Plan Rector de Uso y Gestión.
2. En particular, queda prohibido:
a) La construcción de nuevos edificios o la remodelación de los existentes para fines distintos de los tradicionales al margen de las condiciones y procedimientos previstos en la presente Ley y en los instrumentos de planificación que los desarrollan.
b) El aprovechamiento consuntivo de los recursos naturales del Parque, que altere o ponga en peligro la estabilidad de los ecosistemas o la integridad de sus componentes físicos o biológicos.
c) Todas aquellas actividades e infraestructuras identificadas a través del Plan Rector de Uso y Gestión como incompatibles con las finalidades del Parque.
3. Todos los terrenos incluidos dentro del Parque Nacional, a excepción de los núcleos urbanos quedan clasificados, a todos los efectos, como suelo no urbanizable objeto de protección especial. El planeamiento urbanístico de dichos núcleos urbanos habrá de tener en cuenta las directrices generales que a tal efecto contengan el Plan Rector de Uso y Gestión y el Plan de Ordenación de Recursos Naturales.
Con carácter general, los planes o normas urbanísticas adaptarán sus previsiones a las limitaciones derivadas de esta Ley y de los instrumentos de planificación que se aprueben en su desarrollo y aplicación.