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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1995-18266
Reglamento de los Impuestos Especiales
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1995/07/28
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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A efectos de lo establecido en la disposición transitoria primera, los titulares de establecimientos afectados por lo dispuesto en el Reglamento que se aprueba como anexo dispondrán de un plazo de tres meses a contar desde la entrada en vigor del presente Real Decreto para prestar las nuevas garantías que, en su caso, hayan de constituirse, así como, en general, para cumplimentar los nuevos requisitos y condiciones que les sean exigibles.