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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1996-8930
Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1996/04/22
Rango:
Real Decreto Legislativo
Departamento:
Ministerio de Cultura
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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La ejecución de obras musicales en el curso de actos oficiales del Estado, de las Administraciones públicas y ceremonias religiosas no requerirá autorización de los titulares de los derechos, siempre que el público pueda asistir a ellas gratuitamente y los artistas que en las mismas intervengan no perciban remuneración específica por su interpretación o ejecución en dichos actos.