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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1996-19866
Ley de Caza de Castilla y León
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1996/08/30
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Se considera acción de cazar, a los efectos de lo dispuesto en esta Ley, la ejercida por el hombre mediante el uso de artes, armas o medios apropiados para buscar, atraer, perseguir o acosar a los animales definidos como piezas de caza, con el fin de darles muerte, apropiarse de ellos o facilitar su captura por terceros.