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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1997-27260
Criterios de calidad en medicina nuclear
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1997/12/19
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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En toda administración de radiofármacos deberán quedar registrados e incluidos en la historia clínica del paciente los siguientes datos:
a) El tipo y las actividades de los radionucleidos en el momento de la administración del radiofármaco.
b) Los datos dosimétricos en los casos en los que se considere necesario.
c) Las administraciones inadecuadas, y
d) Los efectos y reacciones adversas de los radiofármacos, si se produjeran.