Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
Es objeto de la presente Ley:
a) Amparar el derecho de los ciudadanos a conocer y usar el bable/asturiano y establecer los medios que lo hagan efectivo.
b) Fomentar su recuperación y desarrollo, definiendo medidas para promover su uso.
c) Garantizar la enseñanza del bable/asturiano, en el ejercicio de las competencias asumidas por el Principado de Asturias, atendiendo a los principios de voluntariedad, gradualidad y respeto a la realidad sociolingüística de Asturias.
d) Asegurar su libre uso y la no discriminación de los ciudadanos por este motivo.