Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
La Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid tiene como funciones:
a) Actuar como órgano de consulta y colaboración con la Administración de la Comunidad de Madrid y con el resto de las Administraciones Públicas, emitiendo informes y estudios en materia agraria, a requerimiento de las mismas o por iniciativa propia.
b) Ejercer las funciones que en ella delegue la Consejería que tiene encomendada la tutela administrativa y económica. A tal efecto, tendrá la consideración de oficina pública y en ella podrá ser presentada la documentación relacionada con las competencias delegadas.
a) Asumir funciones de representación, reivindicación y negociación que corresponden a las organizaciones profesionales legalmente constituidas.
b) Desarrollar actividades que, de acuerdo con la legislación de Régimen Local, corresponde a entidades locales, salvo delegaciones competenciales expresas de éstas a su favor.
c) Realizar actividades mercantiles o comerciales de ningún tipo, salvo las que sean necesarias para la administración y disposición de sus recursos y patrimonio.
1. El ámbito de actuación de la Cámara Agraria comprende todo el territorio de la Comunidad de Madrid.
2. Cuando la defensa de los intereses generales del sector agrario lo haga necesario, se establecerán delegaciones de carácter comarcal y/o local que tendrán la consideración, a los efectos correspondientes, de oficina pública.