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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1998-23233
Leyes de tasas y de precios públicos
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1998/10/07
Rango:
Decreto Legislativo
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Constituye el hecho imponible de la tasa la inscripción de asociaciones, la inscripción de la modificación de sus estatutos o de cualesquiera extremos registrales en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias, la expedición de certificados del contenido de los asientos y la entrega en soporte documental de cualquier información que conste en el citado registro.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten la realización de alguna de las actividades que constituyen el hecho imponible.
La tasa se devengará en el momento en que se realice la solicitud.
Cuando las Administraciones Públicas, con el ámbito establecido en el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, soliciten al Registro de Asociaciones del Principado de Asturias, en el marco del principio de colaboración entre Administraciones, la expedición de certificados, de copias auténticas y de notas simples informativas en soporte papel o en soporte informático, estarán exentas del pago de la tasa.
1. Inscripción en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias: 33,05 euros.
2. Inscripción de modificaciones de estatutos: 16,35 euros.
3. Inscripción de adaptación de Estatutos a la Ley Orgánica 1/ 2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación con Modificación de Estatutos: 16,35 euros.
4. Inscripción de identidad de los titulares de la Junta Directiva u órgano de representación: 16,35 euros.
5. Inscripción de apertura y cierre de delegaciones o establecimientos: 16,35 euros.
6. Inscripción de incorporación y separación de asociaciones a federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones: 16,35 euros.
7. Expedición de certificados: 7,11 euros.
8. Expedición de copias auténticas y de notas simples informativas en soporte papel:
Por documento inicial: 3,55 euros.
Por cada página siguiente del documento inicial: 1,77 euros.
9. Expedición de notas simples informativas en soporte informático: Por cada diskette o CD-ROM: 14,28 euros.