KnowledgeCake
disposiciones consolidadas:
BOE-A-1998-23284
Ley del sector de hidrocarburos
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1998/10/08
Rango:
Ley
Departamento:
Jefatura del Estado
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Url doc
Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
1. Las prórrogas de concesiones de explotación de yacimientos y de almacenamientos subterráneos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 24 y 24 bis de esta Ley, se solicitarán al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
2. Para la solicitud de prórroga por parte del titular de una concesión será condición necesaria que se hayan cumplido las obligaciones comprometidas en el período de vigencia anterior y mantenga su actividad de acuerdo con su plan de explotación. Reglamentariamente, se regulará el procedimiento de solicitud y otorgamiento de las prórrogas de una concesión de explotación de yacimientos o de almacenamiento subterráneo de hidrocarburos.