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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1999-12599
Ley de Urbanismo
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1999/06/05
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Corresponden al Municipio las siguientes competencias de protección de la legalidad urbanística en su término municipal:
a) La inspección urbanística.
b) La adopción de medidas de protección y restauración de la legalidad urbanística.
c) La imposición de sanciones a las infracciones urbanísticas.
2. Cuando el Ayuntamiento no pueda ejercer dichas competencias, la Diputación Provincial podrá ejercerlas directamente, o bien aportar los medios técnicos y económicos necesarios.
3. La Administración de la Comunidad Autónoma ejercerá competencias de protección de la legalidad urbanística en cuanto afecte a intereses supramunicipales, en especial en cuanto a las parcelaciones urbanísticas y demás usos del suelo rústico prohibidos o sujetos a autorización.