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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1999-15801
Ley de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1999/07/20
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad de Madrid
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. La Consejería competente en materia de cooperación para el desarrollo es la responsable, a través de la Dirección General de Cooperación para el Desarrollo y Voluntariado, de la dirección de la política de cooperación para el desarrollo de la Comunidad de Madrid y de la coordinación de las actividades que, en este ámbito, realicen otras Consejerías.
2. Son competencias específicas de la Consejería competente en materia de cooperación para el desarrollo, a través de la Dirección General de Cooperación para el Desarrollo y Voluntariado, sin perjuicio de las que pudieran atribuirle otras disposiciones:
a) La elaboración de los planes generales y los planes anuales de cooperación para el desarrollo.
b) La gestión y coordinación de los programas, proyectos y acciones de la cooperación para el desarrollo de la Comunidad de Madrid.
c) La aprobación de las ayudas a la cooperación humanitaria y de emergencia.
d) La evaluación del conjunto de la cooperación para el desarrollo realizada por la Comunidad de Madrid.