A los envíos postales franqueados con sellos o signos falsos o caducados les será aplicable lo dispuesto en el artículo anterior para el supuesto de insuficiencia de franqueo y, en su caso, lo previsto en el párrafo h) del artículo 41.2 de la Ley 24/1998, de 13 de julio, sin perjuicio de las sanciones de otro orden que le puedan corresponder según la legislación vigente.