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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2001-14418
Ley 10/2001, de Salud de Extremadura
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2001/07/25
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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El Sistema Sanitario Público de Extremadura desarrolla las siguientes actividades de asistencia sanitaria:
a) Atención primaria de salud, de carácter integral y en colaboración con los servicios sociales de su ámbito, así como la atención continuada propia de dicho nivel asistencial.
b) Atención especializada en régimen domiciliario, ambulatorio y de hospitalización, así como la atención continuada correspondiente.
c) Atención sociosanitaria, especialmente a los enfermos crónicos, en coordinación con los servicios sociales.
d) Prestación de productos farmacéuticos, terapéuticos, diagnósticos y auxiliares necesarios para promover, conservar o restablecer la salud.
e) Desarrollo de los programas de atención a los grupos de población de mayor riesgo.
f) Ejecución de los programas específicos de protección frente a factores de riesgo, así como los programas de prevención de las deficiencias, tanto congénitas como adquiridas.
g) Asistencia psiquiátrica.
h) Atención bucodental.
i) Atención a drogodependientes.
j) Atención y desarrollo de la orientación y planificación familiar.
k) Control y mejora de la calidad de la asistencia sanitaria en todos sus niveles.